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Qué impuestos pagas al comprar un barco nuevo o de segunda mano en España

Comprar un barco en España no consiste solo en comparar esloras, motorizaciones o equipamiento. También implica entender bien qué impuestos vas a pagar según si compras una embarcación nueva o de segunda mano, si el vendedor es un profesional o un particular y si el barco debe tributar además por el llamado impuesto de matriculación.

Esta parte fiscal genera muchas dudas porque no siempre se paga lo mismo. En una operación puedes encontrarte con IVA, en otra con ITP, y en algunas compras también con el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. La Agencia Tributaria mantiene que el tipo general de IVA en España es del 21%, mientras que el impuesto de transmisiones patrimoniales está cedido a las comunidades autónomas y su gestión depende de ellas.

Si estás en fase de compra, conviene entender esta parte antes incluso de elegir modelo. Por eso, además de esta guía fiscal, también te puede resultar útil nuestro artículo sobre comprar barco en España con documentación, impuestos y CE.

Qué impuestos pagas al comprar un barco nuevo

Cuando compras un barco nuevo en España, lo habitual es que la operación lleve IVA. La referencia básica es clara: el tipo general vigente es del 21%.

A efectos fiscales, además, la Agencia Tributaria considera nuevas las embarcaciones que no hayan navegado más de 100 horas o cuya entrega se produzca dentro del plazo legal desde su primera puesta en servicio. Ese criterio es importante porque una embarcación aparentemente “seminueva” puede seguir teniendo tratamiento fiscal de nueva.

En muchas compras de embarcación nueva también hay que revisar si se devenga el impuesto de matriculación. La AEAT indica que este impuesto afecta, entre otros supuestos, a la primera matriculación definitiva de embarcaciones y buques de recreo o deportes náuticos, nuevos o usados, que tengan más de ocho metros de eslora, así como a motos náuticas. Para embarcaciones de recreo ordinarias encuadradas en el epígrafe 5, el tipo estatal de referencia en Península e Illes Balears es del 12% cuando la comunidad autónoma no haya aprobado un tipo propio.

Dicho de forma sencilla: si compras un barco nuevo, lo normal es mirar primero el IVA y después comprobar si además aplica el impuesto de matriculación. Si estás valorando una unidad nueva, puedes revisar también nuestra sección de comprar barco nuevo en España para situar mejor el presupuesto total de la operación.

Qué impuestos pagas al comprar un barco de segunda mano

Aquí la clave no es solo que el barco sea usado, sino quién te lo vende.

Si compras a un particular

Cuando compras una embarcación usada a un particular, lo normal es que la operación tribute por Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP), no por IVA. La base legal general está en la Ley del ITPAJD, y la propia Agencia Tributaria recuerda que la gestión de este impuesto está cedida a las comunidades autónomas.

Eso significa que el tipo no es idéntico en toda España. En la práctica, el importe final depende de la comunidad autónoma competente y del valor comprobable de la embarcación. Por eso, si compras en la Costa Blanca, conviene revisar la tramitación autonómica aplicable en la Comunitat Valenciana antes de cerrar el contrato.

Si estás comparando entre ocasión y estreno, te interesa leer también nuestra guía sobre barcos de ocasión vs barcos nuevos, porque la diferencia fiscal puede cambiar bastante el coste final.

Si compras a una empresa o profesional

Si la embarcación usada te la vende una empresa o un profesional, la operación puede ir por IVA, no por ITP, dependiendo de cómo se articule la venta. Además, la AEAT mantiene un régimen especial para bienes usados, conocido como REBU, que puede afectar a determinados revendedores.

En otras palabras, en segunda mano no basta con preguntar “¿cuánto vale el barco?”. Hay que preguntar también qué impuesto lleva incluido o repercutido, porque eso cambia el precio final y la forma de documentar la operación.

Si quieres valorar opciones disponibles con entrega más rápida, puedes echar un vistazo a los barcos en stock en Crownline Spain o a nuestra selección de barcos de ocasión revisados.

Cuándo se paga impuesto de matriculación al comprar un barco

Este es el punto que más se pasa por alto y, a la vez, uno de los más importantes.

La Agencia Tributaria indica que el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte puede devengarse por la primera matriculación definitiva de embarcaciones de recreo de más de 8 metros de eslora y también por ciertas embarcaciones usadas que deban matricularse en España. La misma AEAT recoge además varias exenciones, entre ellas determinadas embarcaciones afectas efectiva y exclusivamente a actividades de alquiler, escuelas náuticas o traslados de residencia desde el extranjero, siempre que se cumplan sus requisitos.

Aquí tienes una fuente oficial de autoridad para comprobarlo directamente: Agencia Tributaria – impuesto de matriculación de embarcaciones y medios de transporte.

Lo importante es no mezclar conceptos. Que una embarcación sea usada no significa automáticamente que no pueda verse afectada por este impuesto. Y que una compra lleve IVA o ITP tampoco elimina por sí sola la necesidad de revisar la posible matriculación.

Entonces, ¿qué pagas realmente?

La forma más clara de resumirlo es esta:

Compra de barco nuevo

Lo normal es pagar IVA al 21%. Y, si la embarcación entra en los supuestos de primera matriculación definitiva sujetos al impuesto especial, puede tocar revisar también el impuesto de matriculación.

Compra de barco usado a un particular

Lo habitual es pagar ITP, cuya gestión y tipo dependen de la comunidad autónoma competente.

Compra de barco usado a empresa o profesional

Puede llevar IVA, según cómo se formalice la operación y el régimen aplicable al vendedor.

Errores frecuentes al calcular el coste fiscal de un barco

Uno de los errores más comunes es calcular el presupuesto solo con el precio anunciado. El comprador ve el importe de venta y olvida sumar impuestos, gastos de documentación, posible matriculación, seguro, transporte o puesta a punto.

Otro fallo frecuente es pensar que “segunda mano” siempre significa “sin IVA” o que “barco usado” equivale a “sin impuesto de matriculación”. Fiscalmente no funciona así. Depende del tipo de vendedor, de la situación registral de la embarcación y de si debe matricularse definitivamente en España.

Por eso, antes de cerrar la compra, también conviene revisar el coste total de propiedad de un barco en la Costa Blanca, porque el coste fiscal inicial es solo una parte del gasto real del primer año.

Nuestra recomendación en Crownline Spain

Cuando un cliente compra barco, la operación no debería quedarse en “precio y firma”. Debería incluir una visión completa del proceso: documentación, impuestos, matriculación si aplica, seguro y planificación del uso real de la embarcación.

En Crownline Spain, ese enfoque encaja especialmente bien tanto para quienes buscan una unidad nueva como para quienes valoran una compra más inmediata desde barcos en stock o quieren apoyo adicional a través de nuestros servicios náuticos para tu embarcación.

Y si quieres revisar tu caso concreto antes de decidir entre nueva u ocasión, puedes hacerlo desde la página de contacto de Crownline Spain.

Preguntas frecuentes

¿Un barco nuevo paga siempre IVA?

En una compra nueva en España, lo normal es que la operación tribute por IVA al tipo general del 21%. Además, en determinadas embarcaciones puede haber que revisar si también aplica el impuesto de matriculación.

¿Un barco de segunda mano paga IVA o ITP?

Depende del vendedor. Si compras a un particular, lo habitual es ITP. Si compras a una empresa o profesional, puede haber IVA según el régimen de la operación.

¿El impuesto de matriculación afecta también a barcos usados?

Sí, puede afectar a embarcaciones usadas si concurre el supuesto de primera matriculación definitiva en España y se cumplen los requisitos legales del impuesto.

¿Qué barcos suelen revisar más este impuesto?

La AEAT incluye en este impuesto las embarcaciones y buques de recreo o deportes náuticos de más de 8 metros de eslora, además de las motos náuticas, salvo exenciones aplicables.

¿El tipo de ITP es el mismo en toda España?

No. La gestión del ITPAJD está cedida a las comunidades autónomas, por lo que el tipo y la tramitación pueden variar según el territorio competente.

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